Desde SERVICIOS CASILDENSES SAPEM, ponemos a disposición este instructivo para facilitar la correcta lectura e interpretación de la factura de gas natural por redes. Nuestro objetivo es brindar herramientas claras y accesibles para que cada USUARIO comprenda en detalle los conceptos incluidos en su factura, promoviendo la transparencia, el acceso a la información y la conciencia sobre los derechos y obligaciones como usuarios y consumidores. Ahora, ¿cuáles son las partes fundamentales en la lectura de su factura de gas?
CATEGORÍA TARIFARIA DEL USUARIO (PUNTO 1)
Un USUARIO es toda persona humana o jurídica que recibe el servicio de subdistribución de gas natural mediante una conexión directa a la red de suministro. Este suministro se realiza a través de cañerías subterráneas que conectan el domicilio, comercio o industria del USUARIO con el sistema general de subdistribución.
El Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) clasifica al USUARIO en distintas categorías, de acuerdo a su nivel de consumo y el uso que le dan al servicio:
- USUARIO RESIDENCIAL (R): Usuario del servicio residencial, que comprende un medidor individual separado para usos domésticos no comerciales.
- USUARIO GENERAL (P): Usuario del servicio para usos no domésticos (excluyendo Estaciones GNC y Subdistribuidores) en donde el usuario no tendrá una cantidad contractual mínima y no es atendido bajo un contrato de servicio de gas. Ejemplo: comercios, industrias, instituciones con fines de lucro.
- ENTIDADES DE BIEN PÚBLICO (EBP): Asociaciones civiles, simples asociaciones y fundaciones que no persiguen fines de lucro en forma directa o indirecta con reconocimiento municipal que llevan adelante programas de promoción y protección de derechos o desarrollan actividades de ayuda social directa sin cobrar a los destinatarios por los servicios que prestan y que pueden adquirir la calidad de beneficiarios conforme al Régimen de Entidades de Bien Público dispuesto por la Ley Nº 27.218.
VALOR A PAGAR (PUNTO 2)
Las facturas del servicio de gas natural por redes tienen una periodicidad de vencimiento mensual, aunque la frecuencia de medición varía según el tipo de usuario.
En el caso de los usuarios residenciales, la medición del consumo es bimestral. Del gas consumido, se dividirán en dos facturas mensuales (con montos iguales o similares).
Para el resto de los usuarios, la medición y facturación es mensual.
Respecto a los vencimientos, cada factura cuenta con:
- Un primer vencimiento: es la fecha límite de pago. Hasta este día, el usuario puede abonar la factura en término sin ningún recargo por pago fuera de término.
- Un segundo vencimiento: pasada la primera fecha, el usuario puede continuar abonando su factura en la oficina, entidades bancarias y/o recaudadoras. Sin embargo, el pago luego del primer vencimiento generará intereses por mora, calculados desde el día siguiente al primer vencimiento.
- Vencimiento total: si la factura no se abona antes del segundo vencimiento, dejará de estar disponible en entidades de cobro o bancos. En ese caso, el usuario deberá acercarse a la oficina de Servicios Casildenses SAPEM o comunicarse vía WhatsApp.
PERÍODO DE CONSUMO FACTURADO Y LECTURAS DEL MEDIDOR (PUNTO 3)
En el cuadro señalado, se puede observar:
- Número de medidor.
- Fecha de lectura anterior.
- Fecha de lectura actual.
- Lectura Anterior.
- Lectura Actual.
- Consumo total del bimestre (de corresponder).
- Consumo facturado (mitad del consumo del bimestre).
Por disposición del ENARGAS, a partir del 01 de junio de 2019, el servicio de gas natural debe ser facturado mensualmente. Es decir que serán emitidas 12 facturas al año. Con esta modalidad, las lecturas de medidores continuarán realizándose en forma bimestral (en caso de corresponder, según usuario), en tanto que el consumo registrado en el bimestre se facturará por mitades en dos (2) liquidaciones mensuales consecutivas, así mismo será facturado el valor del cargo fijo. En el extremo derecho del cuadro se refleja la información del período actual y la parte facturada del mismo (1 de 2) o (2 de 2).
CONCEPTOS QUE PUEDEN ESTAR INCLUIDOS EN SU FACTURA (PUNTO 4)
El monto total de la factura se obtiene de la sumatoria de los conceptos que se detallan en la misma. En la factura se informan por separado y en forma detallada los impuestos y gravámenes que recaen sobre el servicio licenciado, no computables como pagos a cuenta de otras obligaciones tributarias y cuyo traslado a la tarifa cuenta con la correspondiente autorización del ENARGAS.
El numeral 9.6.2 de las Reglas Básicas de las Licencias de Distribución y transporte de Gas Natural por Redes establece que las variaciones de costos que se originen en cambios en las normas tributarias (excepto en el impuesto a las ganancias o el impuesto que lo reemplace o sustituya) serán trasladadas a las tarifas de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 41 de las Ley Nº 24.076.
CONCEPTOS EN PARTICULAR:
CARGO FIJO: Es un importe fijo por factura emitida según valores expresados en el cuadro tarifario vigente para cada categoría, el cual es aprobado por el ENARGAS. Es independiente del volumen de gas consumido por el usuario.
CARGO POR M3 CONSUMIDO: Valor que surge de multiplicar la mitad del consumo a 9300 Kcal/m3 del bimestre, por el valor del m3 expresado en el cuadro tarifario vigente.
DESCUENTO BLOQUE DE CONSUMO BASE POR TARIFA SOCIAL: En el caso que el usuario sea beneficiario de la Tarifa Social, el descuento correspondiente será reflejado bajo este ítem.
IMPUESTO SOBRE INGRESOS BRUTOS (TRANSPORTE): Es un componente tarifario que refleja el traslado a la tarifa final que abonan los usuarios, del impuesto sobre Ingresos Brutos que abonan las Licenciatarias del Servicio Público de Transporte de Gas natural. Estas empresas son las que operan los gasoductos troncales en el país (en la zona de operación de Litoral Gas, la transportista es TGN Transportadora de Gas del Norte)
IMPUESTO SOBRE INGRESOS BRUTOS (DISTRIBUCIÓN): Componente tarifario que refleja el traslado a la tarifa final del usuario, del impuesto sobre Ingresos Brutos abonado por Litoral Gas como Licenciataria del Servicio público de Distribución de Gas Natural por redes en su zona de operación.
IMPUESTO SOBRE INGRESOS BRUTOS SOBRE GAS RETENIDO: Es un componente tarifario que refleja el traslado a la tarifa final del usuarios, del impuesto sobre Ingresos Brutos que abonan las Licenciatarias del Servicio Público de Transporte de Gas natural, por el mayor costo incurrido por encontrarse gravado el gas retenido con dicho gravamen en las jurisdicciones provinciales donde las Transportistas operan.
IMPUESTO SOBRE CRÉDITOS Y DÉBITOS BANCARIOS EN CUENTA CORRIENTE (TRANSPORTE): Componente tarifario que refleja el traslado a la tarifa final del usuario, del monto del impuesto a los Créditos y Débitos en Cuenta Corriente bancaria que abona la Licenciataria de Transporte de gas natural, y que no se computa a cuenta de otros tributos.
IMPUESTO SOBRE CRÉDITOS Y DÉBITOS BANCARIOS EN CUENTA CORRIENTE (DISTRIBUCIÓN): Componente tarifario que refleja el traslado a la tarifa final del usuario, del monto del impuesto a los Créditos y Débitos en Cuenta Corriente bancaria que abona Litoral Gas como Licenciataria de Distribución de gas natural, y que no se computa a cuenta de otros tributos.
TRIBUTOS FACTURADOS EN LÍNEAS SEPARADAS:
Existen tributos que impactan sobre el servicio de distribución y en virtud a lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley Nº 24.076, y a la pertinente autorización de ENARGAS, han sido incluidos en la factura en línea separada. Pueden ser impuestos municipales (ejemplo: uso del espacio público)
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (I.V.A.): Impuesto nacional, que de acuerdo al tipo de usuario y a su categoría tributaria se aplica de la siguiente manera:
- Tarifa residencial: 21% (consumidor final).
- Tarifa P: 27% (responsable inscripto)
- Tarifa P: 27% (monotributo)
- Sujeto no categorizado: 27% + 13,5% sobre el valor gas + el valor del IVA 27%
- Exento: no abona I.V.A. comercial, pero está gravado por el 21%, igual que un consumidor final.
actualmente es del 4.68% sobre el precio de gas en el P.I.S.T. a 9300 Kcal, que se aplicará a la totalidad de los metros cúbicos que se consuman por redes o ductos en el Territorio Nacional, cualquiera fuera el uso o utilización del mismo. La administración del mencionado Fondo Fiduciario se encuentra a cargo del ENARGAS y la Secretaría de Energía de la Nación. Para más información, consulte la Ley.
INTERESES POR MORA DIFERIDOS: Es el monto de intereses moratorios liquidados como consecuencia del pago fuera de término (vencido) de alguna factura o nota de débito anterior y que se incluyen en la presente factura.
TASAS Y CARGOS POR PRESTACIONES: Corresponden a tasas y cargos por prestaciones de la subdistribuidora, según valores del cuadro de tasas y cargos autorizados por el ENARGAS. Pueden incluir: cargo por envío de aviso de deuda, cargo por notificación fehaciente de aviso de deuda mediante carta documento o telegrama, etc.
CATEGORIZACIÓN SEGÚN CONSUMO (PUNTO 5)
Es importante saber que cada usuario tiene una determinada categoría que es asignada según el consumo realizado dentro del último año con respecto a la factura recibida. Esto implica que cada vez que se emite un nuevo período, se volverá a calcular la categoría tarifaria, pudiendo mantenerse en la misma o cambiar en función del rango de los consumos del año móvil.
USUARIO RESIDENCIAL
| CATEGORÍAS TARIFARIAS | CONSUMO ANUAL M3 (9.300 KCAL/H) | |
| DESDE | HASTA | |
| R1 | 0 | 500,99 |
| R.2.1. | 501 | 650,99 |
| R.2.2. | 651 | 800,99 |
| R.2.3. | 801 | 1000,99 |
| R.3.1. | 1001 | 1250,99 |
| R.3.2. | 1251 | 1500,99 |
| R.3.3. | 1501 | 1800,99 |
| R.3.4. | 1801 | … |
USUARIO GENERAL (P)
| CATEGORÍAS TARIFARIAS | CONSUMO ANUAL M3 (9.300 KCAL/H) | |
| DESDE | HASTA | |
| SGP 1 | 0 | 12000,99 |
| SGP 2 | 12001 | 108000,99 |
| SGP 3.1. | 108001 | 180000,99 |
| SGP 3.2. | MÁS DE 180001 | |
ENTIDADES DE BIEN PÚBLICO (EBP)
| CATEGORÍAS TARIFARIAS | CONSUMO ANUAL M3 (9.300 KCAL/H) | |
| DESDE | HASTA | |
| EBP.1 | 0 | 500,99 |
| EBP.2.1. | 501 | 650,99 |
| EBP.2.2. | 651 | 800,99 |
| EBP.2.3. | 801 | 1000,99 |
| EBP.3.1. | 1001 | 1250,99 |
| EBP.3.2. | 1251 | 1500,99 |
| EBP.3.3. | 1501 | 1800,99 |
| EBP.3.4. | 1801 | … |
DETALLE DE DEUDA PENDIENTE SIN INTERESES (PUNTO 6)
En este sector, se informa al usuario el estado de cuenta del mismo al momento de la emisión de la última factura. En caso de tener facturas impagas se detallará Nº de comprobante, vencimiento e importe del mismo (sin intereses). Si el usuario no posee facturas pendientes de pago se encontrará la siguiente leyenda “No se registra deuda pendiente”.
CUADRO INFORMATIVO (PUNTO 7)
En este cuadro, el usuario tendrá a disposición información sobre próximo vencimiento, fecha estimada para cortes por falta de pago, tarifa aplicada con su respectivo Nº de resolución, si su factura es alcanzada por el Beneficio de Tarifa Social, valores en caso de que deba ser notificado mediante aviso de deuda común bajo firma y cargo por reconexión.

